>> TEV solo ordenó “formar el cuaderno incidental” por solicitud de recuento total de la votación dentro del juicio post electoral, pero todavía no resuelve.
Redacción Libertad
Poza Rica, Ver.- Una mala interpretación sobre el “Acuerdo de Admisión, Tercero Interesado y Apertura de Incidente de Recuento” emitido este 29 de julio dentro del Juicio TEV-JDC-239/2025 y su acumulado TEV-RIN-115/2025, por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), generó una desinformación sobre el conflicto post electoral de la elección del Ayuntamiento de Poza Rica.
Desde las últimas horas de ayer y las primeras de hoy, se difundió falsa información como “nado sincronizado”, afirmando que el TEV “ordenaba recuento total”, en forma de noticia.
Sin embrago, de acuerdo con información obtenida por Revista Libertad, que consta de 8 acuerdos emitidos del 13 de junio al 29 de julio, dentro del Juicio para la protección de los derechos políticos-electorales promovido por Janeth Adanely Rodríguez Rodríguez, el estado procesal no es el de sentencia.
El Juicio y su acumulado recurso de inconformidad, esta en sustanciación, es decir, es una etapa que implica la integración del expediente con todos los documentos y pruebas presentados por las partes.
De acuerdo con la ley, en esta etapa se pueden realizar requerimientos a las partes o a terceros interesados para que aporten información o realicen actos necesarios para el esclarecimiento del asunto.
Por eso es que el acuerdo de ayer fue tildado por el TEV como “Acuerdo de Admisión, Tercero Interesado y Apertura de Incidente de Recuento”.
Respecto a la admisión, se confirma que el escrito de demanda tiene los elementos legales necesarios y sobre el Tercero Interesado, también es el reconocimiento de Diego Moreno Martinez, representante suplente de Movimiento Ciudadano y de Emilio Olvera Andrade, en su carácter de Presidente Municipal Electo.
Fuentes jurídicas consultadas, confirman que un incidente judicial es un procedimiento dentro del juicio, que sirve para resolver cuestiones que surgen durante el desarrollo del caso principal y que requieren una atención especial por parte del tribunal.
Explican que el incidente se resuelve a través de un procedimiento diferente al del juicio principal, a menudo con audiencias y pruebas específicas.
En el caso concreto, el TEV apenas ordenó la apertura de un cuadernillo, para determinar si se hará un recuento total de la votación recibida en las casillas de la elección.
Incluso se invoca que se hará en los términos del artículo 233, fracción Xl, del Código Electoral, donde se contempla como procederá la pretensión de recuento de votos parcial o total ante el Tribunal Electoral.
Si bien es cierto que en los próximos podría deliberarse el incidente, también es cierto que todavía no hay una resolución.
La causal más certera para esta solicitud, es que la diferencia entre el candidato ganador y el ubicado en segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual, y además existe petición expresa ante el tribunal (Art. 233, Fracción X, inciso A) .
No obstante, aunque todo apunte a un inminente recuento total de la votación recibida en las casillas de la de ayuntamiento de Poza Rica, hasta el momento, todavía no hay una sentencia o determinación del TEV.
Finalmente, este martes 30 de julio se volvió a emitir otro acuerdo denominado de recepción, integración y turno incidental dictado hoy por la Magistrada Claudia Díaz Tablada y se espera que en días posteriores continúe el procedimiento, previendo resolverse a más tardar la próxima semana.




