>> A través de Facebook y Twitter dio a conocer que la detención de Goyo Gómez fue por hechos ocurridos en La Concepción.
Redacción Libertad
Poza Rica, Ver.- A las 14:30 horas del jueves 8 de abril, la Fiscalía General del Estado dio a conocer a través de su cuenta de Facebook sobre la detención del precandidato a Presidente Municipal de Tihuatlán, Gregorio Gómez Martínez.
“La Fiscalía General del Estado (FGE) informa que, luego de que se suscitaran hechos ocurridos en la localidad La Concepción del municipio de Álamo, donde Gregorio “N” probablemente cometiera hechos constitutivos de delitos, el ahora investigado fue puesto a disposición de la Sub Unidad Integral de Procuración de Justicia con sede en esta demarcación judicial por elementos de la Fuerza Civil en estricto respeto a sus derechos humanos, por lo que en apego a los términos que marca la Ley se determinará su situación legal”, publicó en la red social.
La misma información fue posteada también en Twitter a las 14:31 del mismo día, casi 28 horas después de haber sido sustraído en su negocio de autoparte en Plan de Ayala, Tihuatlán.
Asimismo, en el Registro Nacional de Detenciones (RND) está la captura de información donde el lugar de la detención como “LA CONCEPCION , NÚMERO EXTERIOR: SIN NÚMERO, NÚMERO INTERIOR: SIN NUMERO, CÓDIGO POSTAL: 92730, REFERENCIAS: EN CAMINO DE TERRACERIA PERTENECIENTE A LA LOCALIDAD LA CONCEPCIÓN, ÁLAMO TEMAPACHE, VERACRUZ”.
En los datos de fecha y hora de la detención se anotó el día correcto, sin embargo, la hora aparece como 5:48:00 P. M., 6 horas después de la realidad de los hechos que quedaron en el video cerca de las 11 horas.
En otro dato destacable del RND es que describe a la Policía Estatal como autoridad responsable de la detención, mientras que en la videograbación se observan sujetos sin uniforme, armados y presuntamente ministeriales.
Es preciso subrayar que el RND esta fundamentado en la Ley Nacional del Registro de Detenciones, la cual se expidió en mayo de 2019 y tiene por objeto regular la integración y funcionamiento del Registro, estableciendo los procedimientos que garanticen el control y seguimiento sobre la forma en que se efectuó la detención por la autoridad. (09/Abr/20219)
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