Los bienes públicos no se pueden rifar

Columna: Visión de Líder

Por Angel Pablo Reyes

“Puedes engañar a todo el mundo algún tiempo. Puedes engañar a algunos todo el tiempo. Pero no puedes engañar a todo el mundo todo el tiempo.” – Abraham Lincoln

Mucha tinta, papel y datos se han gastado en el tema de “La rifa del avión presidencial”, pero hay algo que poco se ha dicho y que el Presidente de la República pasó por alto y los medios que lo apoyan, prefieren ignorar: Los bienes públicos no se pueden rifar por mandato constitucional.

La base constitucional para las adquisiciones, arrendamientos y la enajenación de todo tipo de bienes públicos se encuentra en el artículo 134 de nuestra Carta Magna, específicamente en los párrafos tercero, cuarto y quinto.

En este rango normativo superior, establece el método de licitación pública, el cual es un proceso reglado donde se da a conocer una necesidad (compra, renta y separación de bienes) y se solicitan ofertas que la satisfagan, evaluando y seleccionando la mejor.

Por mucho tiempo este artículo careció de una Ley Segundaria que especificará los procedimientos de enajenación, sobre todo porque el sistema corrupto así le convenía; basta recordar los tiempos del “Negro Durazo” en la década de 80´s cuando los decomisos judiciales se los apropiaban fácilmente los titulares de las oficinas gubernamentales.

Fue hasta diciembre del 2002, bajo el Sexenio de Vicente Fox, cuando se publicó la Ley Federal Para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público que vino derogar una muy débil y a poner orden en la enajenación. Esta norma ha tenido modificaciones y adhesiones para regular los procedimientos los cuales no incluyen la rifa como opción, lo que hace imposible que bienes públicos sean entregados por sorteo.

Ahora bien, el tema del avión presidencial lo trae Andrés Manuel desde el mandato de Felipe Calderón cuando lo adquirió y los supo explotar por el exceso de opulencia y privilegios de Peña Nieto, sin embargo, ya bajo su gobierno nunca tuvo en mente rifarlo.

Y es que desde diciembre del 2018 nunca planteó una modificación constitucional para establecer el sorteo como método para entregar bienes públicos, incluso tampoco tuvo la idea de generar una figura en la Ley Federal sobre enajenación de bienes (evidentemente anticonstitucional).

Sostengo lo anterior porque la Ley tuvo reformas en agosto del 2019 y unas más reciente el 22 de enero del 2020 (pueden consultar los artículos transitorios) y no hay evidencia de crear la figura de rifa hasta que espetó su ocurrencia en una mañanera.

No obstante de su error, AMLO hizo la intentona en los primeros días de febrero al iniciar el segundo periodo de este año legislativo (2019-2020), envío ya iniciativas a la ley secundaria, mismas que fueron rechazadas toda vez que obedece a una reforma constitucional y no a la Ley secundaria.

Todo lo anterior demuestra la ocurrencia que fue la rifa y la estrategia mediática del presidente de generar opinión pública con sus mañaneras.

Insisto, al Presidente se le ocurrió pero no pudo lograrlo, ahora solo le queda echar otra mentira para tapar su gran mentira, y después justificar que no se pudo porque los “conservadores neonazistas fifís” no lo dejaron.

Winston Churchill sostenía “El político debe ser capaz de predecir lo que va a pasar mañana, el mes próximo y el año que viene; y después explicar por qué no ocurrió lo que el predijo”, pero como mi abuela decía “pendejo el que se lo crea”… Agradeciendo el favor de su atención contactaremos próximamente.

Comentarios al correo electrónico: visiondelider@gmail.com